CORTELEZZI ELINA ALICIA, CORTELEZZI NESTOR Y CORTELEZZI ROSA DORA S/ SUCESION TESTAMENTARIA
La sentencia corrige y amplía la inscripción del bien inmueble legado a favor de Caritas en el marco de la sucesión testamentaria. La resolución establece que el inmueble debe inscribirse a nombre del Arzobispado de La Plata, conforme a la documentación y poderes presentados, y ordena su inscripción en el Registro de la Propiedad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa radica en la sucesión testamentaria de los herederos Corrèlezi, quienes demandan la correcta inscripción del inmueble legado a "Caritas". La resolución ordena la ampliación del auto de inscripción y determina que el bien debe inscribirse a nombre del Arzobispado de La Plata (CUIT 30-52928170-2). La decisión se fundamenta en la documentación acompañada, que acredita el legado y el poder general para juicios del representante del Arzobispado, y en la normativa aplicable (arts. 40, 41, 46 y 47 del C.P.C.C., art. 2 Res. SCBA 582/16). La resolución establece: "amplíase el auto de inscripción de fecha 28/02/2019, y déjase establecido que el bien inmueble legado a favor de 'Caritas', deberá inscribirse a nombre del Arzobispado de La Plata CUIT (30-52928170-2)". No se mencionan votos disidentes ni agravios, y la decisión fue firmada digitalmente por el juez.
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