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CORTELEZZI ELINA ALICIA, CORTELEZZI NESTOR Y CORTELEZZI ROSA DORA S/ SUCESION TESTAMENTARIA

La sentencia corrige y amplía la inscripción del bien inmueble legado a favor de Caritas en el marco de la sucesión testamentaria. La resolución establece que el inmueble debe inscribirse a nombre del Arzobispado de La Plata, conforme a la documentación y poderes presentados, y ordena su inscripción en el Registro de la Propiedad.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa radica en la sucesión testamentaria de los herederos Corrèlezi, quienes demandan la correcta inscripción del inmueble legado a "Caritas". La resolución ordena la ampliación del auto de inscripción y determina que el bien debe inscribirse a nombre del Arzobispado de La Plata (CUIT 30-52928170-2). La decisión se fundamenta en la documentación acompañada, que acredita el legado y el poder general para juicios del representante del Arzobispado, y en la normativa aplicable (arts. 40, 41, 46 y 47 del C.P.C.C., art. 2 Res. SCBA 582/16). La resolución establece: "amplíase el auto de inscripción de fecha 28/02/2019, y déjase establecido que el bien inmueble legado a favor de 'Caritas', deberá inscribirse a nombre del Arzobispado de La Plata CUIT (30-52928170-2)". No se mencionan votos disidentes ni agravios, y la decisión fue firmada digitalmente por el juez.

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