NIZ FEILTAS MARIA SOLEDAD S/ INFORMACION SUMARIA POR RECEPTORIA
La sentencia finaliza las actuaciones por agotamiento del objeto del trámite en causa por información sumaria respecto a receptoria. La resolución determina la conclusión del proceso y su notificación en los términos del reglamento vigente, sin expresar decisiones sobre el fondo del asunto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza Gabriela Fernanda Gil decide concluir las actuaciones en la causa Niz Feiltas María Soledad S/ Información Sumaria por receptoria, considerando que se ha agotado el objeto del trámite iniciado por el interesado. La resolución establece que "con lo actuado en la presente se ha agotado el objeto del trámite iniciado por el interesado, tiénese por concluida las actuaciones", y se ordena su notificación conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Acuerdo 4013/2021 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. La resolución no entra en análisis de fondo ni modifica decisiones anteriores, simplemente cierra el proceso en virtud del cumplimiento del objeto procesal.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: