RODRIGUEZ MARIA CRISTINA C/ LAVEZZARI ELBA AURELIA S/ INTERDICTO DE RETENER
La sentencia dispone la renuncia del proceso por parte de la actora, María Cristina Rodriguez, en un incidente de interdicto de retener. La Cámara hizo lugar a la desestimación del proceso y condenó en costas a la parte que desistió, confirmando la decisión por acuerdo de las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, María Cristina Rodriguez, solicitó el interdicto de retener contra la demandada, Elba Aurelia Lavezari. Sin embargo, en audiencia preliminar del 9/06/2025, las partes acordaron desistir del proceso. La autoridad judicial, tras constatar el desistimiento, declaró la extinción del proceso y ordenó la imposición de costas a la parte que desistió. La resolución se fundamenta en la voluntad de las partes y en lo dispuesto en el art. 304 del C.P.C.C., señalando que el desistimiento implica la conclusión del proceso sin condena adicional, y que las costas deben ser a cargo de quien desistió, conforme al art. 73 del C.P.C.C. La notificación se realizó conforme al art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, de acuerdo con el Ac. 4013/2021 de la SCBA.
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