GHIOLDI CARLOS ANIBAL C/ PARANÁ SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS S/ EJECUCION HONORARIOS
La sentencia ordena continuar con la ejecución de la sentencia de pago de la suma de $325.000,00 más intereses, y declara perdido el derecho del ejecutado al no haber opuesto excepciones en tiempo y forma. La resolución se funda en la vencimiento del plazo legal y la inacción del ejecutado, conforme a los arts. 116 y 155 del CPCC y los arts. 506, 54 inc. b y 552 del C.C. y C.N.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza GABRIELA FERNANDA GIL dispuso el avance de la ejecución contra P.S.A.S. por la suma de $325.000,00, más interés desde la mora del 11/08/2023, debido a que la parte ejecutada no opuso excepciones dentro del plazo legal establecido. La resolución establece que “No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, la que fue citada de venta en el domicilio electrónico [...] désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.” La decisión se basa en la inacción del ejecutado y en la normativa procesal aplicable, concluyendo que “conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts. 506 del CPCC, fallo: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado [...] haga al acreedor [...] íntegro pago del capital reclamado.” La actora, G.C.H., solicita el cumplimiento de la sentencia de ejecución, y la resolución ordena la remisión del expediente para la ejecución del pago, notificándose a las partes en sus domicilios electrónicos correspondientes.
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