BELLO PRISCILA SOLANGE C/ ANDINO CAMILA S/ MATERIA A CATEGORIZAR
El trámite judicial por la demanda de BELLO PRISCILA SOLANGE contra ANDINO CAMILA S. se ha concluido por agotamiento del objeto y sin costas, según resolución del 4/10/2024. El expediente se da por cerrado y notificado electrónicamente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, BELLO PRISCILA SOLANGE, promovió un proceso contra ANDINO CAMILA S., cuyo objeto no se especifica en la resolución. La Cámara, mediante la resolución del 4 de octubre de 2024, declaró que se ha agotado el objeto del trámite y que las actuaciones deben considerarse concluidas. La decisión se fundamenta en que no hay más cuestiones pendientes y que la índole del proceso no amerita costas. La resolución está firmada digitalmente por la jueza en lo civil y comercial, GABRIELA FERNANDA GIL, y se notificó en los términos del reglamento de notificaciones electrónicas.
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