AVILA VICTOR ENRIQUE S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara herederos a los hijos del fallecido Victor Enrique Avila en proceso de sucesión ab-intestado. La Cámara declaró en cuanto ha lugar por derecho la sucesión a favor de los hijos del causante conforme a la ley y sin perjuicio de terceros.
Quién demanda: La sucesión del fallecido Victor Enrique Avila.
¿A quién se demanda?
La herencia del causante Victor Enrique Avila.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de herederos en carácter de universales herederos a sus hijos Miriam Judith Avila, Gustavo Victor Javier Avila y Tamara Gisele Avila.
¿Qué se resolvió?
El tribunal declaró en cuanto ha lugar, por derecho, que los hijos del fallecido le heredan en carácter de universales herederos. La resolución se fundamenta en la prueba documental que acredita el fallecimiento del causante, su matrimonio con María Luisa Fredes, el nacimiento de los hijos y la publicación de edictos, sin oposición de terceros. Fundamentos principales de la decisión: "De acuerdo a la información brindada por el RENAPER conforme RC 420/21 y RC 975/21 de la SCBA, se acredita el fallecimiento de VICTOR ENRIQUE AVILA ocurrido el día 16/02/2024." "Que éste era de estado civil viudo de MARIA LUISA FREDES con quien había contraído matrimonio el día 27/03/1965, habiendo fallecido ésta última el día 26/10/1989." "Que de la mencionada unión nacieron MIRIAM JUDITH AVILA el día 25/12/1966, GUSTAVO VICTOR JAVIER AVILA el día 11/06/1971 y TAMARA GISELE AVILA el día 18/12/1986." "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 735, 737 del CPCC, y arts. 2337, 2424, 2426 del C.C. y C.N., declárase en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de VICTOR ENRIQUE AVILA le sucede en carácter de universales herederos sus hijos Miriam Judith Avila, Gustavo Victor Javier Avila y Tamara Gisele Avila." "No existen antecedentes de oposición o impedimento que afecten la sucesión." "Se acredita la publicación de edictos conforme al art. 734 inc. 2º del CPCC, sin resultados negativos, en cumplimiento de la ley." En síntesis, la sentencia declara heredero a cada uno de los hijos del causante como sucesores universales, confirmando la validez del proceso y la
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