TELLO NATALIA CAROLINA C/ RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ EJECUCION DE ACUERDO HOMOLOGADO
La sentencia ordena la ejecución del acuerdo homologado en mediación, rechazando la pretensión de actualización del crédito por inconstitucionalidad y confirmando la ejecución por la suma de $950.000 más intereses, con fundamento en la firmeza de la sentencia homologatoria y la imposibilidad de modificarla por vía de inconstitucionalidad en la ejecución.
La demandante, Natalia Carolina Tello, demanda a Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada, solicitando la ejecución del acuerdo homologado en mediación, por un monto de $950.000, con intereses desde la mora, además de gastos y costas. La sentencia resalta que la ejecución se realiza en base a una sentencia homologatoria firme y que el planteo de inconstitucionalidad respecto a la indexación es extemporáneo, ya que no fue presentado durante el proceso principal, sino recién en la ejecución. Se enfatiza que la cosa juzgada impide alterar la validez del acuerdo homologado, y que los pronunciamientos firmes no pueden ser modificados por consideraciones constitucionales posteriores. La decisión también señala que la alegación de merma considerable del crédito por efecto de la inflación no ha sido demostrada y que el planteo es inadmisible por su naturaleza extemporánea, en línea con precedentes de la Cámara y la CSJN. La ejecución debe continuar por la suma reclamada, incluyendo intereses calculados según la tasa activa del Banco Provincia, hasta el pago completo.
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