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SEGOVIA CELIA GISELE S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

La sentencia declara la quiebra de Celia Gisele Segovia y ordena medidas precautorias y administrativas para la gestión de su patrimonio. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos legales de la Ley 24.522, estableciendo la inhibición general de bienes, el desapoderamiento, la designación de síndico y la publicación de edictos, con el objetivo de garantizar la protección del patrimonio y la verificación de créditos.

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La resolución judicial decreta la quiebra de Celia Gisele Segovia, ordenando la inhibición general de bienes, el desapoderamiento del fallido, la designación de un síndico y diversas medidas de administración y control patrimonial conforme a la Ley 24.522. Se establecen plazos para la verificación de créditos, se ordena la remisión de procesos judiciales relacionados y la publicación de edictos en el Boletín Oficial. Además, se dispuso el cese de descuentos sobre los haberes de la fallida, la traba de embargo sobre estos y la afectación del 20% de sus haberes laborales para garantizar el pago del pasivo. La decisión se fundamenta en la necesidad de preservar el patrimonio del fallido, ordenar su administración y facilitar la verificación y pago de los créditos. La resolución destaca que las actuaciones tramitarán bajo las normas de las pequeñas quiebras y que las constancias podrán ser accedidas en la Mesa de Entradas Virtual, en línea con la Ley Nacional 25.506 y la adhesión provincial.

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