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CHAVES DANIEL HORACIO C/ GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La sentencia rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva del Grupo Concesionario del Oeste, confirma la responsabilidad del conductor y la aseguradora, y condena al pago de $1.813.451,08 por daños y perjuicios; además, declara la inconstitucionalidad del art.7 de la ley 23.928 para la actualización de la condena.

Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Aseguradora Responsabilidad del conductor Dano material y moral Responsabilidad del concesionario Responsabilidad por accidente de transito Privacion de uso. Inconstitucionalidad ley 23.928 Danos emergentes

El actor, Daniel Horacio Chaves, demanda a Grupo Concesionario del Oeste S.A., Carabelli Gianico Pablo Matías y Liderar Compañía General de Seguros S.A. por daños derivados de un accidente ocurrido el 25 de abril de 2022 en la autopista del Oeste, reclamando reparación por daños físicos, psíquicos, materiales y privación de uso del vehículo. La sentencia analiza la responsabilidad del concesionario por la acumulación de agua en la calzada, la culpa del conductor por exceso de velocidad en día de lluvia, y la responsabilidad objetiva del asegurador por el pago realizado. La prueba no acredita la existencia de agua en la calzada ni culpa del concesionario, por lo que se rechaza la demanda contra este; en cambio, se confirma la responsabilidad del conductor y su aseguradora, condenándolos a pagar $1.813.451,08, con intereses y actualización. Se rechazan las excepciones de pago y falta de legitimación de Liderar. La sentencia también declara la inconstitucionalidad del art.7 de la ley 23.928 respecto a la actualización de la condena, y fija costas en conformidad con las normas procesales.

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