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IGLESIAS SOLANGE ELIANA C/ ESCOBAR PAULA GABRIELA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La sentencia condena a la demandada y a la aseguradora a pagar una indemnización por daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito. La Cámara confirma la responsabilidad del demandado y la cuantía de la reparación, rechazando la inconstitucionalidad del art.730 del CCC y aspectos procesales.

Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Responsabilidad civil Incapacidad fisica y psiquica Responsabilidad del conductor Accidente transito Responsabilidad aseguradora Ley 24.449 Inconstitucionalidad art.730 ccc

La actora, Iglesias Solange Eliana, demanda por daños y perjuicios a la demandada Escobar Paula Gabriela, por un siniestro vial ocurrido el 22 de febrero de 2022, en el cual resultó lesionada. La sentencia de primera instancia reconoce la responsabilidad de la demandada por incumplimiento de las normas de tránsito y condena a pagar $11.300.000 por daños, incluyendo daños físicos, psíquicos, daño moral y gastos médicos. La responsabilidad se basa en la circulación antirreglamentaria del vehículo de la demandada y la prioridad de paso de la motocicleta de la actora. La pericia médica concluye un 10% de incapacidad psíquica y un 26.06% de incapacidad física, pero el tribunal rechaza la relación causal de las lesiones físicas con el siniestro debido a la documentación médica y testimonios. Se confirma además la validez de la responsabilidad de la aseguradora, Sancor, hasta un límite de $17.500.000, y se rechaza la inconstitucionalidad del art.730 del CCC. La sentencia también impone costas a los vencidos y fija la condena en los términos señalados. Fundamentos principales: "En virtud de la mecánica probada, la responsabilidad del vehículo conducido por la demandada Escobar Paula Gabriela es absoluta, ya que no respetó las normas de prioridad de paso (arts. 43 y 48 inc.d de la ley 24449; art.41 de la misma ley). La responsabilidad se extiende en forma concurrente al asegurador, en virtud de la póliza de responsabilidad civil vigente por hasta $17.500.000. La prueba médica revela un 10% de incapacidad psíquica consolidada por el trastorno de estrés postraumático, mientras que las lesiones físicas no lograron una relación causal demostrada. La suma indemnizatoria se fija en $11.300.000, conforme fórmula polinómica ajustada a la realidad del daño y la edad del actor. La inconstitucionalidad del art.730 del CCC es rechazada por doctrina jurisprudencial consolidada. Las costas son soportadas por los vencidos."

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