AZURMENDI BEATRIZ ALICIA Y OTROS C/ URBANI LINO Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La sentencia concede el beneficio de litigar sin gastos a los actores en un proceso de acción reivindicatoria. La decisión se fundamenta en las probanzas y declaraciones juradas, considerando que no mejoran de fortuna, y en las disposiciones del C.P.C.C., autorizando a litigar sin abonar costas o gastos judiciales.
- Quién demanda: AZURMENDI BEATRIZ ALICIA y otros
- A quién se demanda: URBANI LINO MARIO
- Qué se reclama: Beneficio de litigar sin gastos en un proceso por acción reivindicatoria
- Qué se resolvió: Se concede el beneficio de litigar sin gastos a los actores, con fundamento en las probanzas, declaraciones juradas y en las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
Fundamentos:
"De conformidad con lo pedido, lo que resulta de las probanzas de autos, teniendo en cuenta la declaración jurada presentada con fecha 04/03/2024 y 18/03/2024, los informes recabados con fechas 26/03/2024, 16/04/2024 y 03/06/2024 y las informaciones sumarias rendidas con fecha 19/11/2024, 21/11/2024 y 25/11/2024, las que se aprueban en este acto y que el infrascripto aprecia de acuerdo a las reglas de la sana crítica (art.384 del CPCC) y en virtud de lo dispuesto por los arts. 78, 79, 81, 82 y 84 del C.P.C.C. concédese a JESUS PABLO MARTIN BAÑUELOS, BEATRIZ ALICIA ASURMENDI y JESICA ROMINA BAÑUELOS el beneficio de litigar sin gastos requerido, con el alcance que determinan las citadas disposiciones y el art. 84 del mismo código, pudiendo en consecuencia, litigar en el juicio que por ACCION REIVINDICATORIA les interpuso URBANI LINO MARIO sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el artículo 84 segunda parte del C.P.C.C."
"REGISTRESE. NOTIFIQUESE EL PRESENTE DE MANERA AUTOMATICA Y DIRECTA POR SECRETARIA A LOS DOMICILIOS CONSTITUIDOS ELECTRONICOS DE LOS INTERESADOS QUE A CONTINUACION SE INDICAN: 20124086087@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR y 20308214312@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR"
9. PALABRAS
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