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.................... S/ RECURSO DE QUEJA

La Cámara de Casación Penal de Buenos Aires hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensora de Gabriel Aliendro, revocó la resolución que denegaba su ingreso al régimen abierto y ordenó su incorporación, por considerar que la fundamentación de la informe técnico criminológico era arbitraria y vulneraba derechos constitucionales.

Arbitrariedad Recurso de casacion Derechos constitucionales Gravedad del delito Libertad condicional Ejecucion penal Informe criminologico Regimen abierto Decisiones judiciales. Juicio de razonabilidad

La defensora particular de Gabriel Remigio Ronald Aliendro interpuso un recurso de casación contra la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial Mercedes, que había confirmado la rechazo al cambio de régimen penitenciario a régimen abierto y las salidas transitorias. La Cámara de Casación analizó que el informe técnico criminológico, base de la denegatoria, se fundamentó en aspectos ajenos a su función, como la gravedad del delito y la pena impuesta, lo cual excede su competencia y viola principios de razonabilidad y legalidad. El tribunal resaltó que Aliendro cumple con los requisitos legales para acceder al régimen abierto, como haber cumplido más de dos tercios de la condena, conducta ejemplar y participación en actividades laborales y educativas, además de haber sido condenado a prisión perpetua por homicidio agravado. La resolución impugnada carecía de sustento legal y era arbitraria, por lo que debía ser revocada. La decisión también consideró que la evaluación criminológica no puede fundarse en factores ajenos a su función, y que el rol del juez de ejecución es garantizar el cumplimiento de derechos constitucionales y tratados internacionales, revisando exhaustivamente los informes del servicio penitenciario. La Cámara de Casación, por lo tanto, hizo lugar al recurso, revocó la resolución impugnada y ordenó la incorporación de Aliendro al régimen abierto, remitiendo la causa para que la Cámara de Apelación y Garantías dicte una nueva resolución respecto a las salidas transitorias. La fundamentación se basó en que la decisión anterior fue arbitraria y no contó con sustento legal suficiente, en línea con los principios constitucionales y legales aplicables.

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