.................... S/ RECURSO DE CASACIÓN
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó la condena por abuso sexual gravemente ultrajante y la aplicación de agravantes, rechazando el recurso de casación de la defensa y ordenando la rectificación del veredicto para resguardar datos sensibles.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resolvió sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de Jorge Gabriel Díaz contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal N° 2 de La Plata, que lo condenó a 9 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante calificado por causar grave daño en la salud mental de la víctima. La sentencia consideró acreditado que Díaz, en reiteradas oportunidades entre 2011 y 2012, abusó sexualmente de su sobrina menor de edad, mediante tocamientos y amenazas, en los domicilios familiares. La valoración probatoria fue fundada en la coherencia y persistencia del relato de la víctima y su corroboración con testimonios y antecedentes médicos, descartando la alegación de la defensa de insuficiencia de prueba. La Cámara fundamentó que la prueba resultaba suficiente para sostener la condena más allá de dudas razonables, y que la agravante del grave daño en la salud mental se encontraba debidamente acreditada por el intento de suicidio y autolesiones de la víctima, relacionadas con el abuso. La sentencia también abordó el correcto análisis de la escala penal y la proporcionalidad de la pena, rechazando los planteos de la defensa. Finalmente, se ordenó la rectificación del veredicto para proteger la identidad de la víctima, sin alterar la condena. La mayoría de los jueces rechazaron el recurso, adhiriendo a los fundamentos del voto del juez Maidana, y el tribunal confirmó la sentencia en todos sus términos.
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