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DIAZ CATALINA C/ BALMACEDA MONICA BEATRIZ Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La sentencia confirma la responsabilidad de Balmaceda y Gigena por el accidente de tránsito que causó daños a Catalina Díaz, rechazando la responsabilidad de Corcoran por falta de legitimación, y condena a los demandados a abonar la suma de 4.000.000 pesos, con intereses, además de ordenar la práctica de liquidaciones y costas.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Responsabilidad civil Indemnizacion Gastos medicos Danos morales Guardian del vehiculo Ley 17.418 Responsabilidad en seguros


- La actora, Catalina Díaz, demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 6 de marzo de 2007 en Capitán Sarmiento, en el que fue embestida por un vehículo conducido por Gigena, en el que también estaban Balmaceda y Corcoran como titulares o responsables.
- La demandada Corcoran negó su responsabilidad alegando que no era titular del vehículo en la fecha del siniestro, ya que adquirió esa condición en diciembre de 2007, tras el accidente. La actora no contestó esa excepción, por lo que se la tuvo por desistida de su derecho.
- La sentencia analizó la responsabilidad objetiva del dueño y guardián del vehículo, concluyendo que Balmaceda y Gigena, al momento del hecho, eran guardianes del vehículo, mientras que Corcoran, por no ser titular registral a la fecha del accidente, fue excluido de responsabilidad.
- La prueba testimonial, informes y documentación acreditaron que Balmaceda y Gigena tenían en su poder y control el vehículo en la fecha del siniestro, por lo que se les atribuye responsabilidad.
- La causa fue analizada bajo la normativa del Código Civil vigente en 2007, y el tribunal aplicó la responsabilidad objetiva del art. 1113 del mismo, considerando que la responsabilidad por el riesgo creado se mantiene.
- Se fijó una indemnización de 4.000.000 pesos por daños materiales, incapacidad y daño moral, con intereses del 6% desde el 6 de marzo de 2007, y actualización según la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
- Se dispuso la extensión de la sentencia a la aseguradora "El Progreso Seguros S.A.", en los términos del art. 118 de la ley 17.418, y las costas se distribuyeron en consecuencia.
- La sentencia fue confirmada en todos sus términos, manteniendo la condena y las responsabilidades.

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