FIDALGO RODOLFO GABRIEL C/ INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A.U. S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La Cámara de Apelaciones declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por el demandado por no expresar agravios, tras haberse vencido el plazo para hacerlo, y admitió una presentación de la parte actora, resolviendo además que una otra presentación deviene abstracta por lo resuelto. La resolución se fundamenta en el incumplimiento del plazo y en la normativa procesal vigente, incluyendo la ley 27.514 y principios del CPCC.
- Quién demanda: (No especificado en el fragmento)
- A quién se demanda: (No especificado en el fragmento)
- Qué se reclama: (No especificado en el fragmento)
- Qué se resolvió: La Cámara declaró desierto el recurso de apelación del demandado INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A.U. por no haber expresado agravios en el plazo establecido, y admitió la presentación de la parte actora, además resolvió que otra presentación deviene abstracta.
Fundamentos:
"En atención a que el apelante de fecha 17/02/2025 no ha expresado agravios, no obstante hallarse debidamente notificado de la providencia que ordena poner el expediente en Secretaría a los fines del art. 254 del CPCC (conf. notificación automatizada en los términos del art. 10 Anexo I 'Reglamento para las presentaciones y la notificación por los medios electrónicos' del Ac.4013/21 y modificatorio de la SCBA el día 5/5/2025), encontrándose vencido el plazo correspondiente, según informa el Sr. Actuario en este acto, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 261 del CPCC."
"Por ello se declara desierto el recurso interpuesto por el demandado."
Asimismo, respecto a la presentación de la parte actora, el tribunal señala que "corresponde admitir la presentación realizada por la parte actora en el juzgado de grado con fecha 12/5/2025" y que la otra solicitud deviene abstracta por lo resuelto en el punto I.
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