CANO LUCIANO EZEQUIEL Y OTRO/A C/ VALENTI CRISTIAN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones revoca la resolución interlocutoria que rechazó la excepción de prescripción en un reclamo por daños y perjuicios, acogiendo la excepción por considerar que la acción había prescripto. La decisión se fundamenta en la análisis de los plazos y en la interpretación del alcance de la suspensión de la prescripción en obligaciones concurrentes.
- Quién demanda: Luciano Ezequiel Cano y otro
- A quién se demanda: Cristian Valenti y otro
- Qué se reclama: Daños y perjuicios por accidente de tránsito, con especial atención a la prescripción de la acción
- Qué se resolvió: La Cámara revoca la resolución que rechazó la excepción de prescripción, acogiendo la misma y declarando que la acción había prescripto.
Fundamentos: La Sala analizó la naturaleza de la obligación y la aplicabilidad del artículo 851 del CCyCN en relación con las obligaciones concurrentes, concluyendo que la suspensión de la prescripción no se extiende a favor ni en contra de los interesados, salvo en obligaciones solidarias o indivisibles. Se destacó que la parte actora conocía la situación del tercero Soto desde 2017 y que la acción contra él, por ser obligación concurrente, no se vio suspendida ni interrumpida por las medidas de suspensión de la prescripción. La sentencia enfatiza que, en estos casos, la prescripción debe entenderse como operada, por lo que la acción resulta extemporánea respecto del tercero citado. La revocación se realiza en virtud de la interpretación correcta de las normas sobre suspensión y prescripción, y en detrimento del interés del codemandado Valenti, quien resulta vencido en la contienda.
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