ECHAIRE MANUEL C/ BRUNELLI JUAN IGNACIO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Mercedes confirmó parcialmente la sentencia en un juicio por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. Se rechazaron las excepciones de la aseguradora y se actualizó la indemnización por incapacidad a $6.000.000, además de confirmar las condenas y costas.
El actor Manuel Echaire y Piero Geninazzi demandaron por daños y perjuicios contra Juan Ignacio Brunelli tras un accidente ocurrido el 25/12/2012 en Mercedes, donde fueron atropellados. La sentencia de primera instancia condenó a Brunelli a pagar $10.250.000 y $750.000, respectivamente, además de extender la condena a la aseguradora La Mercantil Andina S.A., que opuso excepciones por exclusión de cobertura por ebriedad del asegurado. La Cámara confirmó la validez de la sentencia, rechazando la excepción de falta de legitimación pasiva de la aseguradora, argumentando que la aseguradora no demostró haber rechazado el siniestro en tiempo y forma conforme a la ley y que la cláusula de exclusión no es oponible a las víctimas. La sentencia consideró que la aseguradora invocó la exclusión por conducción en estado de ebriedad, basada en un grado de alcoholemia superior al límite legal vigente en el momento del accidente, pero no acreditó haber rechazado formalmente el siniestro en los términos del art. 56 de la Ley 17.418. La omisión en la acreditación del rechazo oportuno impidió que la cláusula de exclusión sea oponible a las víctimas, por lo que la condena a la aseguradora fue confirmada. Respecto a las indemnizaciones, la Cámara modificó la monto de incapacidad física de Echaire a $6.000.000, considerando la lesión, la edad y la fórmula "Méndez" para su cálculo, y confirmó los otros rubros indemnizatorios y las tasas de interés aplicables. Las costas se repartieron en un 80% a la aseguradora y 20% a los actores.
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