MUNICIPALIDAD DE LINCOLN C/ LOS ALONSITOS S.A S/ APREMIO
Homologación de acuerdo y orden de pago en proceso de apremio en causa por ejecución fiscal
La sentencia homologó un acuerdo entre la Municipalidad de Lincoln y Los Alonsitos S.A, que representa la voluntad expresa de las partes en los términos del art. 262 del CCyC, sin vicios en la manifestación de voluntad. La homologación permite que el acuerdo goce de la cosa juzgada, conforme al art. 308 del CPCC. Se establecieron los honorarios del letrado apoderado de la actora en $998.708,79, con un adicional del 10% por aportes previsionales. Además, se intimó a la demandada a pagar en cinco días $137.322,46 en concepto de tasa de justicia y $13.732,24 en concepto de contribución, bajo apercibimiento de medidas de percepción forzada. La decisión fue basada en la voluntad de las partes y en la legalidad del acuerdo, homologándose en los términos del proceso de ejecución fiscal. Fundamentos principales: "El convenio que se pretende se homologue representa la voluntad expresa de las partes en los términos del art. 262 del CCyC, no apareciendo en forma manifiesta vicios dirigidos a la voluntad o al acto mismo celebrado por éstas. Por ello, a fin que puedan gozar de los beneficios de la cosa juzgada, de conformidad con lo normado por el art. 308 del CPCC, homológase el acuerdo acompañado como archivo adjunto." "Costas a la demandada, conforme lo pactado (art. 73 CPCC)." "De acuerdo al monto denunciado, intímese a la obligada al pago para que en el término de cinco días de notificado integre $137.322,46 en concepto de tasa de justicia y $13.732,24 en concepto de su contribución, bajo apercibimiento de arbitrar los medios tendientes a su percepción."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: