SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES Y COMPOSITORES DE MUSICA (SADAIC) C/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS MORENO SHOPPING CENTER Y OTRO S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
El juez homologó un acuerdo transaccional entre SADAIC y los representantes del Consorcio Moreno Shopping Center y Paseo de Compras Moreno, ordenando su aprobación judicial y estableciendo responsabilidades en costas y honorarios. La decisión refleja la voluntad expresa de las partes y la ausencia de vicios en el acto.
La parte actora, Sociedad Argentina de Autores y Compositores De Música (SADAIC), y el Dr. Pablo Wexler en representación del Consorcio de Propietarios Moreno Shopping Center y Paseo de Compras Moreno, llegaron a un acuerdo transaccional que fue presentado para su homologación judicial. La resolución señala que los acuerdos expresan la voluntad de las partes, sin vicios que afecten la misma, y ordena su homologación conforme al art. 308 del C.P.C.C. La homologación incluye la imposición de costas a la parte demandada, así como el reconocimiento de honorarios para los letrados involucrados, ajustados a la normativa aplicable, y regula los honorarios de los peritos y mediadores. Además, se ordena a la parte demandada pagar en plazo la tasa de justicia y sobre tasa, bajo apercibimiento. La decisión también deja sin efecto la audiencia de vista fijada y registra la copia del acuerdo. El tribunal fundamenta que "representando dicho acuerdo la voluntad expresa de las partes" y que "no aparece en forma manifiesta vicios dirigidos a la voluntad del acto celebrado", justificando su homologación. Asimismo, destaca la importancia del acuerdo y su cumplimiento en interés de la eficiencia procesal y la certeza jurídica.
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