OLIVER JOSE NATALIO - MONACO EDITA NOEMI S/ SUCESION AB INTESTATO
La sentencia declara la herencia por fallecimiento de Edita Noemi Monaco a favor de su hijo José Luis Oliver Mónaco. La Cámara confirmó la declaratoria de herederos basada en la prueba documental y el cumplimiento de los requisitos legales.
Quién demanda: No hay una demanda en sentido tradicional, sino un trámite de sucesión ab intestato. A quién se demanda: No corresponde a un demandado en un proceso de condena, sino que se trata de la declaración de herederos por fallecimiento de la causante. Qué se reclama: La declaración de herederos ab intestato en favor de José Luis Oliver Mónaco por fallecimiento de Edita Noemi Monaco. Qué se resolvió: Se declaró en cuanto ha lugar que, por fallecimiento de la causante, le sucede en carácter de universal heredero su hijo José Luis Oliver Mónaco, con base en la documentación probatoria y el cumplimiento de los requisitos legales. Fundamentos principales de la decisión: "Con las constancias obrantes en autos, se tienen por acreditados los siguientes extremos: 1. Con el certificado de fs.94, el fallecimiento de la causante EDITA NOEMI MONACO, acaecido el 27 de enero de 2024. 2. Con el certificado de fs.3, el matrimonio de la causante con JOSE NATALIO OLIVER, celebrado el 17 de diciembre de 1970. 3. Con el certificado de fs.123, el nacimiento del hijo adoptivo del referido matrimonio: José Luis Oliver Mónaco, el 11 de junio de 1976. 4. Con la certificación de fs.112 la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN, con las constancias de fs. 104 y 106, el cumplimiento del oficio que requiere la ley 10.205 y la planilla que requiere la ley 7205, y con la certificación de fs.118, el cumplimiento del oficio al Registro de Testamentos. Por ello, en atención a lo solicitado, lo que se prescribe en los arts. 2424 y 2426 del CCCN y arts. 735 y 737 del CPCC, y lo dictaminado a fs.120 por la Sra. Agente Fiscal, RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de EDITA NOEMI MONACO le sucede en carácter de universal heredero su hijo José Luis Oliver Mónaco." "Déjese constancia que con respecto a la notificación al Ministerio Fiscal, se lo tendrá por consentido una vez vencido el plazo pertinente, sin necesidad de que deba emitir dictamen al respecto." (En disidencia, no existen votos relevantes en disidencia, la decisión fue
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