AGUILAR FERMIN C/ ZALAZAR OLGA Y OTRO/A S/ ACCION REIVINDICATORIA
La Cámara de Apelaciones aclara la sentencia definitiva de 22/05/2025 para corregir un error material en la que se indica que el recurso fue interpuesto por la parte actora, cuando en realidad fue por la parte demandada. La corrección implica que la resolución rechaza el recurso de la demandada y no de la actora.
Quilmes, 2025. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Quilmes revisa una sentencia definitiva y decide aclarar un error material en la misma. La sentencia original indicaba que la parte que interpuso el recurso era la actora, pero en realidad fue la demandada. La Cámara aclara que donde dice "recurso interpuesto por la parte actora" debe decir "recurso interpuesto por la parte demandada". La fundamentación se basa en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y Comercial, que permite corregir errores materiales en las sentencias. La decisión fue acordada por los jueces Crichigno y Zapa, quienes consideran que la corrección es necesaria para evitar confusiones y mantener la precisión en el pronunciamiento judicial. Como no se trata de modificar el fondo del fallo sino de aclarar un error material, la resolución se encuadra en la regulación de los arts. 266 y 267 del C.P.C.C.
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