VENEZIANO SERGIO DANIEL S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
Decretada la quiebra de Sergio Daniel Veneziano, la resolución ordena diversas medidas para la administración y liquidación de su patrimonio, incluyendo la designación de síndico, publicación de edictos, inhibiciones, embargos y la suspensión de pagos. La decisión se fundamenta en la ley 24.522 y busca garantizar la protección del pasivo y la correcta ejecución de la quiebra.
El tribunal, atento a la solicitud de declaración de quiebra, decreta el estado de quiebra de Sergio Daniel Veneziano, DNI 26.262.723, domiciliado en Olavarría. Se ordena la designación de un síndico, se fija un plazo para la verificación de créditos, y se dispone la publicación de edictos y otras actuaciones para la liquidación de bienes. Además, se prohíbe al fallido salir del país por un año, se ordena la inhibición general de bienes y el embargo de sus haberes laborales en función de su empleo en la Policía de la Provincia de Buenos Aires. La resolución enfatiza la necesidad de cumplir con los arts. 77, 78, 86, 88, 89, 103, 106, 107, 109, 110, 114, 125, 126, 132, 177, 180, 200, 203, 234, 288, 289 de la ley 24.522, para asegurar la efectiva tramitación de la quiebra y la protección de los derechos de los acreedores. La medida busca también evitar actos que puedan perjudicar el patrimonio del concursado, ordenando la clausura de oficinas, la intercepción de correspondencia, y la suspensión de pagos. La decisión contó con las previsiones legales pertinentes y se fundamenta en la necesidad de administrar eficientemente el proceso de quiebra para maximizar la masa patrimonial.
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