VERA LEONARDO JAVIER Y OTRO C/ RIVAS RAFAEL ERNESTO Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Morón modificó la sentencia de primera instancia en un juicio por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, elevando las sumas de indemnización y extensión de la condena a la aseguradora, considerando la valoración integral del daño y la protección del derecho a la integridad física.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Leonardo Javier Vera, junto con otro demandante, demanda a Rafael Ernesto Rivas y a su aseguradora por daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 20 de mayo de 2024. La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, fijando indemnizaciones por daños patrimoniales y no patrimoniales, y estableciendo extensión de la condena a la aseguradora. La apelación de la actora y de la demandada fue admitida, y la Cámara revisó los agravios para ajustar las sumas indemnizatorias, en particular elevando la incapacidad física al 27,62%, y considerando que la valoración del daño patrimonial y extrapatrimonial debe realizarse en función de las circunstancias concretas del caso y la protección de derechos fundamentales. Se analizó la prueba médica y pericial, rechazando los cuestionamientos de la aseguradora respecto a la objetividad de las constancias médicas y la aplicación de fórmulas matemáticas estrictas. La Cámara concluyó que la indemnización debe reflejar la gravedad del daño y las circunstancias personales del actor, aplicando criterios de reparación integral. Además, se precisó que la sentencia debe extenderse a la aseguradora, en los límites del contrato, ajustando la cobertura a los mínimos vigentes fijados por la Superintendencia de Seguros de la Nación. La sentencia de primera instancia fue modificada en los montos de indemnización, estableciendo $18.000.000 por incapacidad, $100.000 por gastos y $7.000.000 por daño moral para Vera; y $100.000 y $1.000.000 en similares conceptos para Gerez. Las costas de alzada se impusieron a la demandada y citada en garantía. La decisión se fundamenta en que la valoración del daño requiere una ponderación integral y no puede limitarse a fórmulas matemáticas estrictas, atendiendo a las circunstancias concretas y el deber de reparación plena.
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