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GÓMEZ JORGE GUILLERMO C/ RODRIGUEZ LUIS MATIAS S/ EJECUCION HONORARIOS

La sentencia ordena el levantamiento de la ejecución por honorarios contra Rodríguez Luis Matías, tras ser debidamente citado y no presentar excepciones, y establece el pago de la suma de $2.784.454,36 con intereses desde el 25/02/2022. La decisión se fundamenta en la falta de oposición del ejecutado y en las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia.

Intereses Mora Ejecucion de honorarios Monto Capital Domicilio constituido Citacion Ley 23.928 Moron Sin oposicion

¿Qué se resolvió en el fallo?

El expediente Nº MO-13606-2022 corresponde a una ejecución de honorarios promovida por Jorge Guillermo Gómez contra Luis Matías Rodríguez. La sentencia determina que, al encontrarse debidamente citado en su domicilio y no haber opuesto excepciones, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (artículos 116 y 155 CPCC). Se ordena llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de la suma de $2.784.454,36, con intereses desde el 25/02/2022, fecha en que se configuró la mora, según la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en virtud de las constancias de autos y la normativa aplicable. La regulación de honorarios quedó diferida para la oportunidad prevista en la ley, y el domicilio del ejecutado se considera constituido en los estrados del juzgado conforme al artículo 41 del CPCC. La resolución judicial se fundamenta en la falta de oposición del ejecutado y en la normativa procesal vigente, concluyendo que debe continuar la ejecución hasta su total cumplimiento. Fundamentos principales: "Que la ejecutada se encuentra debidamente citada de venta en su domicilio sito en calle 25 DE MAYO 754, PARTIDO DE MORON sin que haya opuesto excepciones al progreso de la acción intentada, según informa la Actuaria en este acto. En consecuencia, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (artículos 116 y 155 CPCC)." "En consecuencia, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (artículos 116 y 155 CPCC)." "Se ordena llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga íntegro pago a Gómez Jorge Guillermo del capital reclamado, con los intereses que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento desde la fecha de la mora, 25/02/2022."

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