SECONDINO MAXIMILIANO ANGEL C/ PROTECCION MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROSL S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS
El incidente de ejecución de honorarios promovido por Secondino Maximiliano Ángel contra Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros fue resuelto rechazando las excepciones de prescripción y de pago total, y haciendo lugar a la ejecución de honorarios hasta el pago íntegro del capital reclamado. La causa se fundamentó en que los plazos de prescripción no se encuentran vencidos y que la documentación aportada no acredita la cancelación de la deuda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Secondino Maximiliano Ángel, demanda la ejecución de honorarios profesionales contra la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros. La demandada opuso excepciones de prescripción y pago total, alegando que los honorarios estaban prescriptos por el plazo de cinco años y que los supuestos pagos realizados estaban documentados y cancelados. La Cámara analizó el carácter de la prescripción en la materia, remarcando que el plazo comienza desde la firmeza de la resolución que regula los honorarios o, en su defecto, desde la firmeza del acto que los fija. Cita: "El Código Civil y Comercial de La Nación dispone a la par de la regla general del art. 2554 'El transcurso del plazo de prescripción comienza el día en que la prestación es exigible', consagra una disposición específica para contar el inicio del plazo tratándose de la acción por honorarios de letrado en su artículo 2558..." Además, destaca que la renuncia al mandato del abogado ocurrió en agosto de 2023, por lo que el plazo aún no venció. La documentación presentada por la parte demandada no cumple con los requisitos para acreditar la cancelación de la deuda, ya que no especifica relación con los honorarios reclamados. La Cámara concluyó que "el plazo no se encuentra vencido imponiéndose el rechazo de la prescripción opuesta". En cuanto a la excepción de pago total, se sostuvo que la documentación no demuestra de manera clara y concreta la cancelación de la obligación. Por ello, se dictó sentencia que rechaza las excepciones y hace lugar a la ejecución, ordenando el pago del capital con intereses desde la mora del 20/03/2020. La resolución final fue: "Rechazar las excepciones de prescripción y de pago total opuestas" y "hacer lugar a la ejecución de honorarios".
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