AGUILERA VARGAS JOHNY C/ PONZO EDUARDO LORENZO S/ ACCION REIVINDICATORIA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Mercedes confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción reivindicatoria y ordenó la restitución del inmueble. La decisión se fundamentó en la validez de las copias digitales certificadas por el escribano, reconociendo su plena fuerza probatoria conforme a la normativa vigente y la jurisprudencia aplicable. El tribunal rechazó los agravios relacionados con la eficacia de las copias en PDF, considerando que la certificación del escribano garantiza la autenticidad del documento.
La causa versa sobre una acción reivindicatoria promovida por Johny Aguilera Vargas contra Eduardo Lorenzo Ponzó, reclamando la restitución de un inmueble situado en Marcos Paz. La sentencia de grado hizo lugar a la demanda y ordenó la restitución del inmueble, decisión que fue apelada por la parte demandada. La Cámara analizó las cuestiones probatorias, en particular la validez de la copia digital certificada del título de propiedad, y concluyó que dicha copia tiene plena validez en el proceso, en virtud del sistema de libertad probatoria y las normas específicas de certificación digital. El tribunal resaltó que la certificación del escribano, acompañando copia fiel del original, constituye prueba suficiente y que la normativa vigente admite la utilización de documentos electrónicos en los procesos judiciales, siempre que se garantice su autenticidad y fidelidad. La Cámara confirmó la sentencia en todos sus términos y dispuso las costas de alzada al demandado vencido.
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