SAN MARTIN, MARIANO EZEQUIEL Y ESPINOLA FONTANA, GISELLE C/ GONZALEZ, LUCIA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO) (INFOREC 922)
La Cámara de Apelaciones declara desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, por expiración del plazo para expresar agravios, confirmando la sentencia de primera instancia que resolvió un proceso de desalojo (excepción por falta de pago) sin costas ni honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Mariano Ezequiel San Martín junto con Giselle Espinola Fontana, demandaron a Lucía González en un proceso de desalojo (excepción por falta de pago). La sentencia de primera instancia fue dictada el 5 de febrero de 2025, y la parte demandada interpuso recurso de apelación el 14 de febrero de 2025. Sin embargo, el tribunal constató que la parte recurrente no cumplió con el plazo legal para expresar agravios (vencido el 30 de abril de 2025, el escrito fue presentado el 5 de mayo de 2025), por lo que se declaró la deserción del recurso. La Cámara de Apelaciones, en acuerdo conjunto, declaró el recurso de apelación desierto, confirmando la resolución de primera instancia sin costas ni honorarios. La fundamentación principal radica en que la parte apelante incurrió en vencimiento del plazo procesal, en virtud del art. 254 y 261 del CPCC, y no se registró ninguna causa que justificara la extensión del plazo. Fundamentos principales: "Sentado lo expuesto, atento a la regla del art. 261 del CPCC., no habiendo presentado en término el recurrente el escrito de expresión de agravios, corresponde declarar desierto el recurso de apelación." "Atento lo acordado al tratar la cuestión anterior, propongo al acuerdo declarar desierto el recurso de apelación deducido por la parte demandada el día 14.02.2025 (Arts. 254 y 261 del Código Procesal), sin costas y sin que corresponda regular honorarios( art. 31 Dec. Ley 14697)."
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