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EDESUR S.A. C/ ZATTERA JUAN CARLOS S/ COBRO EJECUTIVO

El proceso de cobro ejecutivo entre EDESUR S.A. y ZATTERA JUAN CARLOS se da por concluido por cesar las causas que lo motivaron. La Cámara dispuso que las costas sean por su orden y reguló los honorarios del abogado de EDESUR en $38.381, con las actualizaciones legales correspondientes, notificándose en los domicilios pertinentes.

Costas Regulacion de honorarios Notificacion Honorarios profesionales Cobro ejecutivo Finalizacion del proceso Ley 14967 Cesacion de causa Expediente ql-29053-2020 Sentencia quilmes

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, EDESUR S.A., promovió un cobro ejecutivo contra el demandado, ZATTERA JUAN CARLOS, en el expediente QL-29053-2020. La sentencia del juez RODRIGUEZ, tras manifestar el cese de las causas que motivaron la acción, dispuso dar por finalizado el proceso, estableciendo las costas por su orden y regulando los honorarios profesionales del abogado de EDESUR en la suma de $38.381, más las actualizaciones y recargos legales. La resolución también detalla los procedimientos y plazos para la notificación y pago de honorarios, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 54 del CPCC y la Ley 14967. La decisión se fundamenta en la existencia de causa cesante y en la normativa vigente, sin expresar disidencias o agravios adicionales.

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