LIPPIELLO NUNCIO RAFAEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
Sentencia de apertura de sucesión intestada de Nuncio Rafael Lippiello, declarando a sus herederos universales a sus hijos y cónyuge, conforme a la ley argentina, tras acreditar su fallecimiento y estado civil.
La resolución judicial declara la apertura del proceso sucesorio intestado del fallecido Nuncio Rafael Lippiello, ocurrido el 26 de noviembre de 2021, según lo acreditado con el certificado de defunción presentado en marzo de 2025. También se verifica su estado civil de casado en primeras nupcias con Rosa Zaída Sarmiento, en matrimonio celebrado en 1960, y la existencia de sus hijos: Victorio Guillermo, Héctor Hugo, Fabio Oscar y Silvia Viviana, todos acreditados en la causa. La sentencia ordena la declaración de los herederos universales, que son sus hijos y su cónyuge, en los términos previstos por el Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo la herencia de bienes propios y gananciales, sin perjuicio de derechos legales. Se destaca que se cumplió con las publicaciones de edictos y los recaudos legales previstos en los artículos 2340 del CCyCN y 24 y 25 de la Ley 10.205, sin resultado negativo en la publicación. Fundamentos principales: "Con el certificado de defunción acompañado en fecha 28 de Marzo de 2025 se acredita el fallecimiento de Nuncio Rafael Lippiello ocurrido el día 26 de Noviembre de 2021." "Que éste era de estado civil casado en sus primeras nupcias con Rosa Zaída Sarmiento, matrimonio celebrado el día 6 de Mayo de 1960, conforme se acredita en la presentación electrónica de fecha 28 de Marzo de 2025." "Que de dicha unión nacieron sus hijos: Victorio Guillermo Lippiello, Héctor Hugo Lippiello, Fabio Oscar Lippiello y Silvia Viviana Lippiello, acreditados el 28 de Marzo de 2025." "Por auto de fecha 1 de Abril de 2025 se ordenó la apertura del presente sucesorio, mandándose publicar edictos por el término de ley, constando haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCyCN y sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria verbalmente." "Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426, 2433 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26.994 y 735 y cc. del CPCC declárase en cuanto ha lugar, por derecho que por fallecimiento de Nuncio Rafael Lippiello le suceden en carácter de universales herederos, sus hijos Victorio Guillermo Lippiello,
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