PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ ORELLANA PAULA GRACIELA S/ EJECUCION PRENDARIA
El tribunal admitió el desistimiento de la acción contra dos de los demandados y declaró extinguido el proceso respecto a ellos. Respecto a Paula Orellana, se continuó con la ejecución por la suma de $4.024.714,93, ajustada por cláusula contractual y con intereses desde 2019, imponiendo las costas a la vencida.
La acción ejecutiva promovida por PLAN ROMBO S.A. contra Paula Graciela Orellana, Analía Luján Chazarreta y Héctor Darvis Cura, fue parcialmente desistida por el apoderado del actor respecto a Chazarreta y Cura, quienes fueron excluidos del proceso, y se admitió el desistimiento, declarando la extinción del proceso respecto a estos. La demanda continúa contra Orellana, a quien se le intimó de pago y se le otorgó un plazo para oponer excepciones, sin que haya comparecido ni opuesto excepciones dentro del plazo legal, por lo que se la tuvo por vencida y se dispuso continuar con la ejecución. La liquidación del capital se realizará en función del reajuste pactado en el contrato y los intereses se calcularán desde la mora en 2019 hasta el pago efectivo. Se impusieron las costas a la parte vencida, y se dejó constancia del domicilio procesal en los estrados del juzgado.
Fundamentos principales:
"no habiendo la demandada comparecido conforme a derecho (art. 59 CPCC) ni opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y 549 del CPCC), correspondiendo entonces llevar adelante sin más la presente ejecución (arg. art. 549 del CPCC)."
"Respecto al capital reclamado, el mismo deberá calcularse, al momento de la liquidación, de conformidad con el reajuste pactado entre las partes en la cláusula 2° del contrato de prenda adjuntado el 25 de Septiembre de 2023, determinando el monto adeudado de cada cuota impaga conforme al valor móvil que corresponda, estableciéndose como tope para tal reajuste, el valor del automotor al momento de tener que abonarse la última de las cuotas."
"En cuanto a los intereses, corresponde aplicar la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a 30 días (tasa activa) vigente en los distintos períodos de aplicación, el que será calculado desde la fecha de mora (11/10/2019) y hasta su efectivo pago (conforme lo establecido en la cláusula 17 del contrato prendario
- condiciones especiales)."
Disidencias:
No
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