T., H. C. C/ G., T. I. C/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La Cámara de Apelación revoca la decisión de denegar el beneficio de litigar sin gastos y concede la franquicia a favor de T. I. G., considerando su situación económica y la insuficiencia de recursos para afrontar los gastos del proceso, revocando así la sentencia de primera instancia.
La parte actora, H. C. T., demanda el beneficio de litigar sin gastos en el marco de un proceso de divorcio, alegando su situación de vulnerabilidad económica y jubilación. La sentencia de primera instancia denegó la solicitud por no haberse acreditado la carencia de recursos, basándose en informes del SINTyS que no fueron considerados fidedignos por no estar corroborados. La Cámara, tras analizar la evidencia, concluye que la economía de T. I. G. es precaria y que la información del SINTyS no puede desvirtuar la prueba testimonial y documental que acredita su situación de subsistencia básica. La Cámara revoca la decisión de primera instancia y concede el beneficio, con costas en el orden causado. Fundamentos principales: El tribunal señala que el instituto del beneficio de litigar sin gastos tiene por finalidad evitar que quien se encuentra en situación económica precaria quede impedido de acceder a la justicia. "El ordenamiento procesal sólo requiere para su concesión, que se acredite la insuficiencia de recursos para afrontar los gastos que un juicio implica y ello se da cuando los medios económicos de que dispone el requirente no excedan lo necesario para procurarse una existencia digna". La prueba aportada por la AFIP y la ANSES demuestra que la demandante vive en una economía de subsistencia, y que los bienes en el informe del SINTyS no pueden considerarse fidedignos por no haber sido corroborados, por lo que la información no revierte la evidencia testimonial y documental que acredita su estado de necesidad. La falta de oposición de la demandada a la concesión del beneficio y su actitud de mera vigilancia refuerzan la decisión favorable. La Cámara concluye que "la carencia de prueba en contrario que acredite la afluencia de otros recursos … en consideración al proceso para el que se solicita y los gastos que allí se generen, me convencen de que el rechazo de la franquicia debe revocarse".
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