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V, M. I SOBRE 14 1°PARR - TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES

La Cámara rechaza el recurso de apelación del defensor oficial contra la decisión que no impide la presentación de pruebas durante el debate en causa por tenencia de estupefacientes. La decisión se fundamenta en que el proceso penal permite modificar el objeto procesal hasta la apertura del juicio.

Recurso de apelacion Prueba Prueba pericial Rechazo in limine Etapa de juicio Procedimiento penal Citacion a juicio Prueba pendiente Nuevas pruebas

En el caso, corresponde rechazar "in limine" el recurso de apelación interpuesto por la Defensa Oficial. El apelante se agravia contra el auto dispuesto por la Jueza de grado en cuanto no hizo lugar a la solicitud de la Defensa en que se dejara sin efecto la vista conferida a esa parte en los términos del artículo 209 del Código Procesal Penal de la Ciudad, toda vez que se encontraba pendiente de producción el peritaje químico de las sustancias secuestradas en autos. Sin embargo, asiste razón a la Judicante, en tanto la circunstancia de que aun no se cuente con los resultados del peritaje químico de las sustancias secuestradas no resulta un óbice para que la Defensa pueda evacuar la vista que se le ha cursado en los términos del artículo 209 del código ritual, como tampoco, le inhibe la posibilidad de ofrecer nuevas pruebas durante la etapa del debate, conforme lo contemplado en el artículo 234 del mencionado cuerpo adjetivo. En tales condiciones, no se advierte afectación alguna a la posibilidad actual o futura del ejercicio del derecho de defensa en juicio del imputado.

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