TARABORELLI AUTOMOBILE SA Y OTROS CONTRA DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DE DEFENSA AL CONSUMIDOR
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires anuló la sanción administrativa impuesta a Fiat Auto Argentina SA y Taraborelli Automobiles SA por incumplimiento de plazo de entrega y falta de información, por considerar que la demora en el procedimiento administrativo fue injustificada y vulneró derechos de defensa y debido proceso.
En el caso, corresponde hacer lugar al recurso directo interpuesto por la parte actora y declarar la nulidad de la disposición administrativa mediante la cual se sancionó a la empresa automotriz y a la concesionaria denunciada por infringir lo establecido en los artículos 4º de la Ley Nº 24.240 y 10, inciso c), del Decreto Reglamentario Nº 1798/94. La actora se agravió en tanto la acción en juego se encontraría prescripta. En efecto, la denuncia del 11 de enero de 2013 –originada por los hechos sucedidos a partir del 15 de abril de 2011, que dio inicio a la actuación administrativa, fue interpuesta dentro del plazo de tres (3) años previsto en la ley y produjo la interrupción del curso de la prescripción (art. 50). A su vez, surge que desde esa interrupción hasta el momento en que se aplicó la sanción atacada –el 9 de febrero de 2018 – ya había transcurrido el plazo legal mencionado para el ejercicio de la potestad represiva fijada en la Ley de Defensa del Consumidor, sin que se hubiese acreditado la producción durante ese período de alguno de los actos interruptivos previstos en la normativa aplicable.
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