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DANERI, SEBASTIAN PABLO CONTRA BANCO HIPOTECARIO S.A. SOBRE INCIDENTE DE APELACION - RELACION DE CONSUMO

La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución de grado que rechazó la citación de terceros Telecom Personal S.A. en un incidente de apelación, considerando que la parte actora no logró demostrar la relevancia de su intervención en el proceso.

Gravamen irreparable Citacion de terceros Defensa del consumidor Cuentas bancarias Entidades bancarias Resoluciones inapelables Procedimiento contencioso administrativo y tributario Recurso de apelacion (procesal) Falta de gravamen Codigo procesal para la justicia en las relaciones de consumo en el ambito de la ciudad autonoma de buenos aires

En el caso, corresponde confirmar la resolución de grado, en cuanto rechazó el pedido de citación de terceros formulado por la entidad bancaria demandada. Conforme lo dictaminado por el Sr. Fiscal de Cámara, que el Tribunal comparte, el actor inició demanda contra la entidad bancaria con el objeto de que se declare la nulidad o inexistencia de las transferencias realizadas sin su consentimiento, entre otras cuestiones. Indicó que es cliente del Banco demandado, y que el 03/09/2021 fue víctima de un delito informático, en el que le duplicaron su tarjeta “SIM” de la empresa de telefonía móvil, y los ciberdelincuentes, modificando su clave de ingreso a la banca, vaciaron sus cuentas. Añadió que pese a sus reclamos no tuvo respuesta de la demandada. La entidad bancaria al contestar demanda, solicitó que se cite como tercero a la empresa de telefonía móvil. Cabe señalar que en autos se rechazó la petición de la demandada de otorgar a la causa trámite ampliado, de allí que se mantuvo el trámite ordinario previsto inicialmente. Al respecto, recuerdo que el artículo 144.3 del Código Procesal de la Justicia en las relaciones de Consumo -CPJRC
- dispone que en el proceso ordinario solo serán apelables las providencias que decreten o denieguen medidas precautorias, rechacen “in limine” la acción, resuelvan excepciones previas, y las sentencias definitivas o asimilables a ellas que pongan fin al proceso. De allí que, por regla, el rechazo de la citación de terceros resulta inapelable (cf. Sala III, autos “Launay, Daniel Roberto c/Lenovo Argentina SRL s/Incidente de queja por apelación denegada”, Inc. nº 232728/2021-1, sentencia del 08/07/2022), salvo que se demuestre gravamen irreparable asimilable a sentencia definitiva.

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