Ley 27720 - CONMEMORACIONES
INSTITUYASE LA FECHA DEL 22 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO COMO “DIA NACIONAL DEL KIMCHI EN LA ARGENTINA”.
Dia nacional del kimchi en la argentinaLey
CONMEMORACIONES
Ley 27720
Declaración.
Artículo 1°- Institúyase la fecha del 22 de noviembre de cada año como “Día Nacional del Kimchi en la Argentina”.
Artículo 2°- A los efectos de la presente ley entiéndase por “Kimchi” al plato de vegetales preparados a la usanza coreana, que cuenta con una tradición popular conocida como “kimjang”, declarada Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Artículo 3°- El Día Nacional del Kimchi en la Argentina establecido en el Artículo 1° de la presente ley tiene por objeto valorar el aporte cultural y social de los inmigrantes coreanos en la República Argentina, así como reforzar los lazos de amistad entre esta y la República de Corea.
Artículo 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.
CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul
Ley 27720
Declaración.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
Artículo 1°- Institúyase la fecha del 22 de noviembre de cada año como “Día Nacional del Kimchi en la Argentina”.
Artículo 2°- A los efectos de la presente ley entiéndase por “Kimchi” al plato de vegetales preparados a la usanza coreana, que cuenta con una tradición popular conocida como “kimjang”, declarada Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Artículo 3°- El Día Nacional del Kimchi en la Argentina establecido en el Artículo 1° de la presente ley tiene por objeto valorar el aporte cultural y social de los inmigrantes coreanos en la República Argentina, así como reforzar los lazos de amistad entre esta y la República de Corea.
Artículo 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.
REGISTRADO BAJO EL N° 27720
CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul
e. 24/07/2023 N° 56854/23 v. 24/07/2023