Ley nacionalDia nacional del kimchi en la argentina2025
Ley 27.720
Conmemoraciones
INSTITUYASE LA FECHA DEL 22 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO COMO “DIA NACIONAL DEL KIMCHI EN LA ARGENTINA”.
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CONMEMORACIONES
Ley 27720
Declaración.
Artículo 1°- Institúyase la fecha del 22 de noviembre de cada año como “Día Nacional del Kimchi en la Argentina”.
Artículo 2°- A los efectos de la presente ley entiéndase por “Kimchi” al plato de vegetales preparados a la usanza coreana, que cuenta con una tradición popular conocida como “kimjang”, declarada Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Artículo 3°- El Día Nacional del Kimchi en la Argentina establecido en el Artículo 1° de la presente ley tiene por objeto valorar el aporte cultural y social de los inmigrantes coreanos en la República Argentina, así como reforzar los lazos de amistad entre esta y la República de Corea.
Artículo 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.
CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul
Ley 27720
Declaración.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
Artículo 1°- Institúyase la fecha del 22 de noviembre de cada año como “Día Nacional del Kimchi en la Argentina”.
Artículo 2°- A los efectos de la presente ley entiéndase por “Kimchi” al plato de vegetales preparados a la usanza coreana, que cuenta con una tradición popular conocida como “kimjang”, declarada Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Artículo 3°- El Día Nacional del Kimchi en la Argentina establecido en el Artículo 1° de la presente ley tiene por objeto valorar el aporte cultural y social de los inmigrantes coreanos en la República Argentina, así como reforzar los lazos de amistad entre esta y la República de Corea.
Artículo 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.
REGISTRADO BAJO EL N° 27720
CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - CECILIA MOREAU - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul
e. 24/07/2023 N° 56854/23 v. 24/07/2023
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