Ley 27288 - FERROCARRIL LINEA SAN MARTIN
DESIGNASE CON EL NOMBRE DE VILLA CRESPO, A LA ESTACION ACTUALMENTE DENOMINADA CHACARITA, DEL FERROCARRIL LINEA SAN MARTIN.
Estacion chacarita - cambio de denominacionLey
FERROCARRIL LÍNEA SAN MARTÍN
Ley 27288
Estación Chacarita. Cambio de denominación.
ARTÍCULO 1° — Desígnase con el nombre de Villa Crespo, a la estación actualmente denominada Chacarita, del Ferrocarril Línea San Martín.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
EMILIO MONZÓ. — JUAN C. MARINO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.288 (IF-2016-03167728-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 19 de octubre de 2016, ha quedado promulgada de hecho el día 8 de noviembre de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE TRANSPORTE. Cumplido, archívese. — Pablo Clusellas.
Ley 27288
Estación Chacarita. Cambio de denominación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Desígnase con el nombre de Villa Crespo, a la estación actualmente denominada Chacarita, del Ferrocarril Línea San Martín.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27288 —
EMILIO MONZÓ. — JUAN C. MARINO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
Buenos Aires, 17 de Noviembre de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.288 (IF-2016-03167728-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 19 de octubre de 2016, ha quedado promulgada de hecho el día 8 de noviembre de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE TRANSPORTE. Cumplido, archívese. — Pablo Clusellas.