Ley 26958 - CONMEMORACIONES
ADHIERESE AL “DIA MUNDIAL EN RECUERDO DE LAS VICTIMAS DE ACCIDENTE DE TRANSITO” EL TERCER DOMINGO DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS.
Dia mundial en recuerdo de las victimas de accidente de transitoLey
CONMEMORACIONES
Ley 26.958
“Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Accidente de Tránsito”.
Sancionada: Julio 2 de 2014
Promulgada: Julio 30 de 2014
ARTICULO 1° — Adhiérese al “Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Accidente de Tránsito” el tercer domingo de noviembre de cada año, de acuerdo a lo establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
ARTICULO 2° — Objetivo: Recordar a las víctimas de los accidentes de tránsito y atraer la atención pública sobre ellos, sus consecuencias y las medidas preventivas que deben adoptarse.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese. — Gerardo Zamora.
Ley 26.958
“Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Accidente de Tránsito”.
Sancionada: Julio 2 de 2014
Promulgada: Julio 30 de 2014
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTICULO 1° — Adhiérese al “Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Accidente de Tránsito” el tercer domingo de noviembre de cada año, de acuerdo a lo establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
ARTICULO 2° — Objetivo: Recordar a las víctimas de los accidentes de tránsito y atraer la atención pública sobre ellos, sus consecuencias y las medidas preventivas que deben adoptarse.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.958 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese. — Gerardo Zamora.