Ley 26808 - ADHESIONES OFICIALES
DECLARASE CAPITAL NACIONAL DE LA PORCELANA A LA CIUDAD DE CAPITAN BERMUDEZ, EN LA PROVINCIA DE SANTA FE.
Ciudad de capitan bermudez - capital nacional de la porcelanaLey
ADHESIONES OFICIALES
Ley 26.808
Declárase Capital Nacional de la Porcelana a la ciudad de Capitán Bermúdez, en la provincia de Santa Fe.
Sancionada: Noviembre 28 de 2012
Promulgada de Hecho: Enero 8 de 2013
ARTICULO 1º — Declárase Capital Nacional de la Porcelana a la ciudad de Capitán Bermúdez, en la provincia de Santa Fe.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.
Ley 26.808
Declárase Capital Nacional de la Porcelana a la ciudad de Capitán Bermúdez, en la provincia de Santa Fe.
Sancionada: Noviembre 28 de 2012
Promulgada de Hecho: Enero 8 de 2013
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárase Capital Nacional de la Porcelana a la ciudad de Capitán Bermúdez, en la provincia de Santa Fe.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.808 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.