Ley 26718 - PROTOCOLOS
APRUEBASE EL PROTOCOLO DE INTEGRACION EDUCATIVA Y RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS, TITULOS Y ESTUDIOS DE NIVEL PRIMARIO/ BASICO Y MEDIO/SECUNDARIO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS.
Protocolo de integracion educativa y reconocimiento de certificados, titulos y estudiosLey
PROTOCOLOS
Ley 26.718
Apruébase el Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario/ Básico y Medio/Secundario entre los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados.
Sancionada: Noviembre 30 de 2011
Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2011
ARTICULO 1º — Apruébase el PROTOCOLO DE INTEGRACION EDUCATIVA Y RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS, TITULOS Y ESTUDIOS DE NIVEL PRIMARIO/FUNDAMENTAL/ BASICO Y MEDIO/SECUNDARIO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS, suscripto en San Juan —REPUBLICA ARGENTINA—, el 2 de agosto de 2010, que consta de CATORCE (14) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley y UN
(1) anexo.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
EDUARDO A. FELLNER. — JUAN C. MARINO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar
Ley 26.718
Apruébase el Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario/ Básico y Medio/Secundario entre los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados.
Sancionada: Noviembre 30 de 2011
Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2011
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Apruébase el PROTOCOLO DE INTEGRACION EDUCATIVA Y RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS, TITULOS Y ESTUDIOS DE NIVEL PRIMARIO/FUNDAMENTAL/ BASICO Y MEDIO/SECUNDARIO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS, suscripto en San Juan —REPUBLICA ARGENTINA—, el 2 de agosto de 2010, que consta de CATORCE (14) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley y UN
(1) anexo.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
— REGISTRADO BAJO EL N° 26.718 —
EDUARDO A. FELLNER. — JUAN C. MARINO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar