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Ley 26636 - MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

DECLARASE LUGAR HISTORICO NACIONAL A LOS EDIFICIOS Y PREDIO DE LA ANTIGUA SINAGOGA Y EL SALON COMUNITARIO DE LA COLONIA RUSA SITO EN LA MUNICIPALIDAD DE CERVANTES, DEPARTAMENTO DE GENERAL ROCA, PROVINCIA DE RIO NEGRO.

Edificios y predio de la antigua sinagoga y el salon comunitario de la colonia rusaLey

MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Ley 26.636

Declárase lugar histórico nacional a los edificios y predio de la Antigua Sinagoga y el Salón Comunitario de la Colonia Rusa sito en la Municipalidad de Cervantes, departamento de General Roca, Provincia de Río Negro.

Sancionada: Agosto 25 de 2010

Promulgada: Septiembre 20 de 2010

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Declárase lugar histórico nacional, en los términos de la Ley Nº 12.665, a los edificios y predio donde funcionan la Antigua Sinagoga y el Salón Comunitario de la Colonia Rusa, sito en el Lote A - Chacra Nº 278 Parcela 1 Circunscripción 05 2 E 007 1 de la Municipalidad de Cervantes, departamento de General Roca, provincia de Río Negro.

ARTICULO 2º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

—REGISTRADA BAJO EL N° 26.636—

JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

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