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Ley 26296 - MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES

DECLARASE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL EN LOS TERMINOS DE LA LEY Nº 12.665 Y SU MODIFICATORIA 24.252, EL DENOMINADO “FORTIN CORONEL BELISLE”, UBICADO EN LA SECCION XXI, FRACCION C, LOTE 15 DEL DEPARTAMENTO DE AVELLANEDA, PROVINCIA DE RIO NEGRO.

Fortin coronel belisleLey

MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES

Ley 26.296

Declárase monumento histórico nacional el denominado "Fortín Coronel Belisle", ubicado en el Departamento Avellaneda, provincia de Río Negro.

Sancionada: Noviembre 14 de 2007

Promulgada de Hecho: Diciembre 4 de 2007

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1º — Declárase monumento histórico nacional en los términos de la Ley Nº 12.665 y su modificatoria 24.252, el denominado "Fortín Coronel Belisle", ubicado en la sección XXI, fracción C, lote 15 del Departamento de Avellaneda, provincia de Río Negro.

ARTICULO 2º — El Poder Ejecutivo nacional a través del organismo competente adoptará las medidas necesarias para garantizar la preservación de la instalación a que se refiere el artículo anterior, ya sea, mediante convenios con organizaciones intermedias o gubernamentales u otros mecanismos alternativos.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.296 —

ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

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