Ley 25.946
Monumentos historicos nacionales
DECLARASE AL AUDITORIO IUINGENIERO JUAN VICTORIALR, DE LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN, MONUMENTO HISTORICO NACIONAL.
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MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES
Ley 25.946
Declárase al Auditorio "Ingeniero Juan Victoria", de la ciudad capital de la provincia de San Juan, Monumento Histórico Nacional.
Sancionada: Octubre 20 de 2004
Promulgada: Noviembre 10 de 2004
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárase Monumento Histórico Nacional, en los términos de las Leyes 12.665 y 24.252, y sus correspondientes Decretos Reglamentarios, al AUDITORIO "INGENIERO JUAN VICTORIA", sito en la calle 25 de Mayo 1215, Oeste, de la ciudad Capital de la Provincia de San Juan.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 25.946 —
EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.
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