Ley 25.664
Conmemoraciones
DECLARASE A LA PROVINCIA DE JUJUY CAPITAL HONORIFICA DE LA NACION ARGENTINA EL 23 DE AGOSTO DE CADA AÑO, CONMEMORACION DEL EXODO JUJEÑO.
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CONMEMORACIONES
Ley 25.664
Declárase a la provincia de Jujuy Capital Honorífica de la Nación Argentina el 23 de agosto de cada año, conmemoración del "Exodo Jujeño".
Sancionada: Octubre 9 de 2002
Promulgada: Octubre 28 de 2002
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárase el día 23 de agosto de cada año, en conmemoración de la Gesta del "EXODO JUJEÑO", a la provincia de Jujuy como Capital Honorífica de la Nación Argentina.
ARTICULO 2º — Institúyase en todo el Territorio Nacional las ceremonias públicas en conmemoración de la Gesta del "EXODO JUJEÑO".
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 9 OCT 2002.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 25.664 —
EDUARDO O. CAMAÑO. — JUAN C. MAQUEDA. — Eduardo D. Rollano. — Juan C. Oyarzún.
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