Ley 25581 - MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
DECLARASE LUGAR HISTORICO NACIONAL EL SOLAR UBICA DO EN LA CALLE CONRADO TULA DE LA CIUDAD DE BELEN, DEPARTAMENTO DEL MISMO NOMBRE, PROVINCIA DE CATAMARCA, DONDE NACIO Y PASO SU INFANCIA EL ESCRITOR, POETA Y FILOSOFO LUIS LEOPOLDO FRANCO Y AL AÑEJO ALGARROBO DEL DICHO SOLAR, DECLARASE BIEN DE INTERES HISTORICO.
MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
Ley 25.581
Declárase lugar histórico nacional el solar ubicado en la calle Conrado Tula de la Ciudad de Belén, Departamento del mismo nombre, provincia de Catamarca, donde nació y paso su infancia el escritor, poeta y filósofo Luis Leopoldo Franco y el añejo algarrobo de dicho solar, declárase bien de interés histórico.
Sancionada: Abril 11 de 2002.
Promulgada: Mayo 2 de 2002.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárase lugar histórico nacional el solar donde nació y pasó los primeros años de su infancia el escritor, poeta y filósofo Luis Leopoldo Franco, ubicado en la calle Conrado Tula de la ciudad de Belén, departamento del mismo nombre, provincia de Catamarca.
ARTICULO 2º — Declárase bien de interés histórico el añejo algarrobo ubicado en el centro del solar mencionado en el artículo anterior.
ARTICULO 3º — Comuníquese a las autoridades nacionales, de la provincia de Catamarca y de la Municipalidad de Belén.
ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOS.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 25.581 —
EDUARDO O CAMAÑO. — MARCELO E. LOPEZ ARIAS. — Eduardo D. Rollano. — Juan C. Oyarzún.