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Ley 25554 - INMUEBLES

TRANSFIERESE A TITULO GRATUITO AL ARZOBISPADO DE PARANA, PROVINCIA DE ENTRE RIOS, UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL, PARA SU AFECTACION A LA IGLESIA DE SANTA ELENA.

Transferencia (parana, entre rios)Ley

INMUEBLES

Ley 25.554

Transfiérese a título gratuito al Arzobispado de Paraná, Provincia de Entre Ríos, un inmueble propiedad del Estado nacional, para su afectación a la Iglesia de Santa Elena.

Sancionada: Noviembre 29 de 2001.

Promulgada de Hecho: Enero 7 de 2002.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Transfiérase, a título gratuito, al Arzobispado de la ciudad de Paraná, para su afectación a la Iglesia de Santa Elena de la ciudad del mismo nombre, en la Provincia de Entre Ríos, el inmueble de propiedad del Estado nacional, ubicado en la intersección de la calle 9 de Julio y el pasaje Maximiliano Viana, de la ciudad de Santa Elena, Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos, individualizado como lote N° 17, de la manzana 30, dominio inscripto a nombre del Estado nacional argentino, al tomo N° 34, del folio N° 701, sección A, del Dominio Urbano La Paz.

ARTICULO 2º — Todos los gastos que demande la transferencia e inscripción dominial, serán a cargo del Arzobispado de Paraná, Provincia de Entre Ríos.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.

— REGISTRADA BAJO EL N° 25.554 —

RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.

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