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Ley 25516 - MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

DECLARASE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL A UN EDIFICIO UBICADO EN LA CIUDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN, ACTUALMENTE DESTINADO A MUSEO FOLKLORICO.

Edficio - tucumanLey

MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Ley 25.516

Declárase monumento histórico nacional a un edificio ubicado en la ciudad de San Miguel de Tucumán, actualmente destinado a museo folklórico.

Sancionada: Noviembre 21 de 2001.

Promulgada de Hecho: Diciembre 14 de 2001.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Conforme lo dispuesto por las Leyes 12.665 y 24.252 declárase monumento histórico nacional al edificio ubicado en la calle 24 de Septiembre 565 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, actualmente destinado a museo folklórico.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.

—REGISTRADA BAJO EL Nº 25.516—

RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.

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