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Ley 25412 - ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS

AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO NACIONAL A OTORGAR A LA PROVINCIA DE MENDOZA UN AVAL PARA EL FINANCIAMIENTO POR LA CONSTRUCCION DEL COMPLEJO PENITENCIARIO III - MENDOZA.

Complejo penitenciario (mendoza)Ley

ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS

Ley 25.412

Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar a la provincia de Mendoza un aval para el financiamiento por la construcción del Complejo Penitenciario III-Mendoza.

Sancionada: Marzo 14 de 2001.

Promulgada de Hecho: Abril 17 de 2001.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Autorícese al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar a la provincia de Mendoza el aval por hasta la suma de setenta millones de pesos ($ 70.000.000) para el financiamiento, en el marco de la licitación pública nacional e internacional 8.013-D-99, del gobierno de la provincia de Mendoza, para la adjudicación y contratación del proyecto definitivo, financiamiento, construcción, equipamiento, habilitación y puesta en funcionamiento del Complejo Penitenciario III-Mendoza.

ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL UNO.

REGISTRADA BAJO EL N° 25.412

RAFAEL PASCUAL. — EDUARDO MENEM. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.

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