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Ley 25357 - MONUMENTO HISTORICO NACIONAL

DECLARASE MONUMENTO HISTORICO AL EDIFICIO SEDE DE LA IGLESIA PARROQUIAL MATRIZ SANTISIMO SACRAMENTO

Iglesia parroquial matriz santisimo sacramentoLey

MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES

Ley 25.357

Declárase al edificio sede de la iglesia Parroquial Matriz Santísimo Sacramento, ubicada en la ciudad de Tandil, provincia de Buenos Aires.

Sancionada: Noviembre 1 de 2000.

Promulgada: Noviembre 27 de 2000.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Declárase monumento histórico nacional al edificio sede de la Iglesia Parroquial Matriz Santísimo Sacramento ubicada en la calle Belgrano entre las calles Fuerte Independencia y General Rodríguez en la ciudad de Tandil, provincia de Buenos Aires.

Asimismo integran dicha declaratoria el conjunto compuesto por la Municipalidad y el edificio del ex Banco Hipotecario de la mencionada ciudad.

ARTICULO 2º — Se encomienda a la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos adopte las medidas administrativas pertinentes a efectos de dar cumplimiento al artículo 1º de la presente ley.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL PRIMER DIA DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 25.357 —

RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Alejandro L. Colombo.

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