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Ley 25230 - TRANSPORTE FLUVIAL Y MARITIMO

DEROGACION DE LOS DECRETOS NROS. 1493/92 Y 343/97, REFERIDOS AL REGISTRO DE BUQUES Y AL OTORGAMIENTO DEL DERECHO A SER CONSIDERADOS COMO DE BANDERA NACIONAL A DETERMINADOS BUQUES PESQUEROS EXTRANJEROS, RESPECTIVAMENTE. (NOTA: NORMA PROMULGADA DE HECHO).-

Derogacion decretos nros. 1493/92 y 343/97Ley

TRANSPORTE MARÍTIMO Y FLUVIAL

 

Ley 25.230

 

Derogación de los Decretos Nros. 1493/92 y 343/97, referidos al registro de buques y al otorgamiento del derecho a ser considerados como de bandera nacional a determinados buques pesqueros extranjeros, respectivamente.

 

Sancionada: Diciembre 1 de 1999.

Promulgada de Hecho: Diciembre 28 de 1999.

 

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

 

ARTICULO 1º — Deróganse los decretos 1493/92 y 343/97.

 

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.

 

—REGISTRADA BAJO EL Nº 25.230—

 

ALBERTO R. PIERRI. — JOSE GENOUD. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Juan C. Oyarzún.

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