Ley 24551 - TRANSFERENCIA DE INMUEBLE.
TRANSFERENCIA A TITULO GRATUITO A LA MUNICIPALIDAD DE LA DE LEANDRO N. ALEM, PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL, DESTINADO A PROTECCION DE LAS ESPECIES FORESTALES EXISTENTES Y CONTINUAR CON EL PLAN DE VIVEROS FORESTALES.
Municipalidad de leandro n. alem.Ley
INMUEBLES
Ley 24.551
Transfiérese a título gratuito a la Municipalidad de Leandro N. Alem, un inmueble propiedad del Estado Nacional, destinado a la protección de las especies forestales existentes y continuar con el Plan de Viveros Forestales.
Sancionada: Setiembre 13 de 1995.
Promulgada de Hecho: Octubre 11 de 1995.
ARTICULO 1° —Transfiérese a título gratuito al Municipio de Leandro N. Alem, Departamento del mismo nombre, el inmueble propiedad del Estado Nacional compuesto por los lotes denominados Lotes 10 y 11 Colonia Caá Guazú Sección 1, Departamento Leandro N. Alem; según título y nomenclatura catastral: Departamento: 11; Municipio: 46; Sección: 02; Manzana: 000; Parcela 363; del plano de toma de conocimiento N° 2443 registrado en la Dirección General del Catastro de la Provincia de Misiones.
ARTICULO 2° — La trasferencia del inmueble se realiza a la Municipalidad de Leandro N. Alero para ser destinado a la protección de las especies forestales allí existentes y continuar con el Plan de Viveros Forestales mediante convenios que apunten al Patrón Forestal Productivo.
ARTICULO 3° — El Municipio respectivo queda comprometido, dentro de un año calendario a partir de la transferencia, a obtener la ordenanza correspondiente a la condonación de las deudas municipales existentes; como así también a gestionar ante el Estado Provincial la condonación de las deudas impositivas que con éste existieran.
ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — CARLOS F. RUCKAUF. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.
Ley 24.551
Transfiérese a título gratuito a la Municipalidad de Leandro N. Alem, un inmueble propiedad del Estado Nacional, destinado a la protección de las especies forestales existentes y continuar con el Plan de Viveros Forestales.
Sancionada: Setiembre 13 de 1995.
Promulgada de Hecho: Octubre 11 de 1995.
El Senado y Cámara de Diputados de laNación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTICULO 1° —Transfiérese a título gratuito al Municipio de Leandro N. Alem, Departamento del mismo nombre, el inmueble propiedad del Estado Nacional compuesto por los lotes denominados Lotes 10 y 11 Colonia Caá Guazú Sección 1, Departamento Leandro N. Alem; según título y nomenclatura catastral: Departamento: 11; Municipio: 46; Sección: 02; Manzana: 000; Parcela 363; del plano de toma de conocimiento N° 2443 registrado en la Dirección General del Catastro de la Provincia de Misiones.
ARTICULO 2° — La trasferencia del inmueble se realiza a la Municipalidad de Leandro N. Alero para ser destinado a la protección de las especies forestales allí existentes y continuar con el Plan de Viveros Forestales mediante convenios que apunten al Patrón Forestal Productivo.
ARTICULO 3° — El Municipio respectivo queda comprometido, dentro de un año calendario a partir de la transferencia, a obtener la ordenanza correspondiente a la condonación de las deudas municipales existentes; como así también a gestionar ante el Estado Provincial la condonación de las deudas impositivas que con éste existieran.
ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — CARLOS F. RUCKAUF. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.